La atención de la salud mental suele ser una actividad que desafortunadamente no es una prioridad entre la población mexicana. De acuerdo con el censo del 2020, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el país hay un millón 590 mil 583 personas con algún problema o condición mental: 54% hombres y 46% mujeres. De esas personas, 602 mil 293, que representan 37.9%, además de tener algún problema o condición mental, tienen alguna discapacidad y 264 mil 518, es decir 16.6%, tienen algún problema o condición mental y alguna limitación funcional.
Además, según cifras oficiales, en México, sólo 2 de cada 10 personas con algún problema o condición mental que requiere atención, la obtiene. Aunque la Ley General de Salud, el capítulo de Salud Mental y Adicciones, en donde se habla de un avance sustancial no solo para mejorar la atención en sí, sino que además representa un camino para el respeto a los derechos humanos.
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Modificaciones a la Ley General de Salud
En el Artículo 72 Bis se establece que "el propósito último de los servicios de salud mental es la recuperación y el bienestar, el despliegue óptimo de sus potencialidades individuales para la convivencia, el trabajo y la recreación".
Además, en al Ley General de Salud se establece que "la atención a la salud mental deberá brindarse con un enfoque comunitario, de recuperación y con estricto respeto a los derechos humanos de los usuarios de estos servicios, en apego a los principios de interculturalidad, interdisciplinariedad, integralidad, intersectorialidad, perspectiva de género y participación social".
La reforma del día 16 de mayo de 2022 prevé un modelo basado en derechos humanos para la organización de los servicios en salud mental. En la Ley se habla respecto a que el internamiento voluntario, que se explica como el último recurso terapéutico que podrá llevarse a cabo cuando aporte mayores beneficios terapéuticos y por el tiempo estrictamente necesario.
En la Ley de salud al abordar el tratamiento de la salud mental se habla del consentimiento informado como el núcleo del derecho a la salud,en donde una persona expresa su conformidad por escrito para la realización del diagnóstico o tratamiento. Todos los prestadores de servicios de salud públicos o privados,están obligados a comunicar los objetivos, los posibles beneficios, los riesgos esperados y las alternativas de un tratamiento.
Datos del Hospital Fray Bernardino Álvarez estiman que sólo el 1% de la población acude al psicólogo de manera regular, debido a que existe una estigmatización de tener este tipo de atención profesional.
