La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno ordenó a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas públicas del Estado, la Fiscalía General de la República, así como a los gobiernos estatales, municipales y alcaldías de la ciudad de México que ejerzan recursos federales, abstenerse de recibir propuestas o celebrar nuevos contratos con las empresas Alta Especialidad de Medicina y Capacitación y Protein luego de que ambas fueron inhabilitadas por el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Las resoluciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), derivan de procedimientos administrativos en los que ambas compañías fueron sancionadas con inhabilitación y multa, por lo que quedarán temporalmente fuera de los procedimientos de contratación pública regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
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En el caso de Alta Especialidad de Medicina y Capacitación, la autoridad impuso una inhabilitación de un año y tres meses, mientras que Protein recibió una inhabilitación de tres meses, ambas con efectos a partir del día siguiente de la publicación de las circulares en el DOF.
La empresa Alta Especialidad de Medicina y Capacitación fue multada con 138 mil 911 pesos e inhabilitada por un año y tres meses por declarar falsamente que ninguno de sus accionistas desempeñaba un cargo en el servicio público, cuando uno de ellos laboraba en el IMSS.
La irregularidad se detectó durante la adjudicación directa AA-050GYR005-E220-2021, correspondiente al servicio de traslado de pacientes en ambulancias de alta tecnología entre septiembre y diciembre de 2021. La notificación de la sanción se realizó el 10 de julio de 2026.
En el caso de la empresa Protein, ésta recibió una multa por el mismo monto e inhabilitación por tres meses por incumplir un contrato para la adquisición consolidada de medicamentos y bienes terapéuticos.
La dependencia señaló que la compañía no presentó la garantía de cumplimiento ni entregó 150 envases de cloroquina de 150 miligramos, obligaciones establecidas en el contrato abierto U210105, adjudicado mediante el procedimiento AA-012M7B998-E46-2021.
Prohibidas nuevas contrataciones
Las circulares establecen que las empresas "no podrán presentar propuestas ni celebrar contrato alguno de los regulados sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas", ya sea por sí mismas o a través de interpósita persona.
En consecuencia, las dependencias federales y las entidades que ejerzan recursos públicos "deberán abstenerse de recibir propuestas y/o celebrar contrato alguno" con ambas compañías durante el tiempo que permanezcan vigentes las sanciones.
La disposición también será obligatoria para las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la ciudad de México cuando las adquisiciones, servicios u obras públicas se financien total o parcialmente con recursos federales.
De acuerdo con las resoluciones, si alguna de las empresas no liquida la multa impuesta al concluir el periodo de inhabilitación, la sanción continuará vigente hasta que se realice el pago correspondiente, tras lo cual deberá acreditarse ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno para que se elimine el registro de la empresa sancionada en la plataforma ComprasMX.
Además, las autoridades aclararon que los contratos ya adjudicados o actualmente formalizados con ambas empresas no quedarán comprendidos en la aplicación de estas circulares, por lo que podrán continuar ejecutándose conforme a la legislación vigente.
